Clientes de bancos como BBVA, Citibanamex y otras instituciones en México deben estar atentos, ya que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene la facultad de retener fondos de sus cuentas.
Es importante aclarar que estar registrado en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) implica ciertas obligaciones para los contribuyentes, como rendir cuentas al SAT. Entre estas responsabilidades se encuentra la obligación de reportar los ingresos generados a través de tarjetas bancarias en sus cuentas.
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En este contexto, los bancos están bajo vigilancia de las autoridades mexicanas para prevenir delitos. Si un cliente recibe una suma considerable de dinero, la entidad bancaria deberá reportarlo al SAT.
Estas alertas se generan en casos donde se registran “movimientos sospechosos”, ya que el SAT podría asociar tales transacciones con intentos de fraude fiscal. No todos los depósitos grandes son ilegales; sin embargo, podrían ser considerados inusuales si superan los ingresos que el contribuyente ha reportado.
Si se presenta un aviso al SAT, es posible que se proceda al congelamiento de la cuenta del cliente, mientras el organismo realiza una investigación para asegurarse de que los fondos no provengan de actividades ilícitas.
Si tras la investigación el SAT determina que no hay irregularidades, se liberará el dinero. En caso contrario, el contribuyente enfrentará una discrepancia fiscal y la posibilidad de multas.
Es relevante mencionar que la detección de depósitos irregulares y otras operaciones sospechosas ha llevado a un endurecimiento de las acciones fiscales, especialmente con la implementación de la Ley Antilavado (Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita).
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Esta ley, que entró en vigor en 2013, fue diseñada para regular actividades económicas propensas a la captación de fondos de procedencia ilícita, para combatir el crimen organizado y el terrorismo.
Desde el 17 de julio de ese año, las entidades y sujetos que realicen actividades descritas en el artículo 17 de la ley deben registrarse en el Padrón de Prevención de Lavado de Dinero, lo que incluye la compra y venta de inmuebles, vehículos, joyas, entre otros.
Tanto las personas físicas como morales involucradas en actividades consideradas vulnerables tienen obligaciones estipuladas en el artículo 18 de la ley, que incluyen:
*Identificar a los clientes y usuarios con quienes realicen las operaciones.
*Presentar los Avisos a la Secretaría en los plazos y formas estipulados por la ley.
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*Proteger y resguardar la información y documentación que avale la Actividad Vulnerable.
*Facilitar las visitas de verificación correspondientes.
*Solicitar información al cliente sobre el beneficiario final y, de ser necesario, presentar documentación oficial.